El texto legal establece medidas de seguridad para la instalación de piscinas privadas, tanto las que se ubican en domicilios particulares o condominios, como aquellas emplazadas en residenciales, hoteles, campings o centros vacacionales.
La propuesta precisa que todas las piscinas deberán contar con rejas o barreras, sistemas de alarmas o detectores de inmersión y cubiertas reforzadas, con el objeto de proteger la vida de los menores de edad.
Según explicó el diputado Miguel Ángel Alvarado (PPD), de acuerdo a las cifras del Ministerio de Desarrollo Social, los accidentes por inmersión lideran la causa de muerte entre los niños de 1 a 4 años, preocupante estadística si se observa por ejemplo, los datos del 2011.
“Estas cifras son muy duras, de 700 menores que estuvieron expuestos a ahogamiento o inmersión 160 fallecieron y en los otros tantos no quedan inmunes sino que muchos con daños secuelados de por vida”, explicó.
Alvarado recalcó que el desarrollo de piscinas en el ámbito privado “ha crecido ampliamente, lo que también debe ser regulado”.
Por su parte, el diputado Daniel Farcas (PPD) agregó que “por un tema de mejoría en la calidad de vida de los chilenos, el uso de las piscinas es cada día más común, lo que hoy obliga a adoptar estas medidas”, tal como actualmente ocurre en Francia, Canadá, Brasil o Colombia, entre otros países.
“En ese marco, a nosotros nos parece muy importante proteger la vida de los niños que, independientemente de que estén viviendo en casas con piscinas, vamos a exigir que en estas propiedades existan estas barreras que son necesarias, para impedir que los niños puedan ingresar y que también existan estas alarmas que nos permitan salvar la vida de los menores” agregó.
Ambos parlamentarios explicaron que para las piscinas que ya se encuentren en funcionamiento, existirá un periodo de un año luego de entrada en vigencia de la ley, para que se puedan incorporar los elementos de seguridad previstos.
En tanto, la inspección, fiscalización y sanción de las infracciones serán efectuadas por el Servicio de Salud competente, estableciéndose multas que van desde las 10 a las 100 UTM.
Fuente: https://www.camara.cl/prensa/noticias_detalle.aspx?prmid=132681