CGAI y OTEC CGAI organizaron una exitosa charla online el pasado 19 de octubre, en la que el abogado Gustavo Alvarado, de Sepúlveda & Escudero Abogados, explicó a los asistentes diversos temas relacionados cómo actuar frente a eventuales denuncias o demandas por infringir la Ley 21.442 y regulaciones referidas a la copropiedad inmobiliaria.
 
A modo introductorio, el profesional recordó que dentro del marco normativo que todo administrador debe conocer, destacan la Ley Nº 21.442; la Ley Nº 18.287 Sobre el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local; la Ley Nº 15.231 Sobre organización y atribuciones de estos últimos; el Código de Procedimiento Civil; y otros cuerpos legales según cada caso en temas de Ascensores, Vigilantes privados, LGUC, Mascotas, Código Civil, entre otras.
 
¿Cómo se puede iniciar un Proceso ante los Juzgados de Policía Local?
Gustavo Alvarado explicó que todo proceso comienza con una denuncia, querella o demanda, lo cual da origen a una notificación legal, que, una vez concretada, hace que comienzan a correr los plazos para realizar determinadas acciones procesales ordenadas por el tribunal o aquellas establecidas por el legislador en beneficio de las partes.

El abogado recomendó que una vez recibida una notificación es importante verificar a quién va dirigida, quién es el denunciado o demandado, fecha, hora y lugar de la notificación, naturaleza y contenido de la resolución que se notifica, tribunal del cual emana la resolución, y quién es el denunciante o demandante, en caso que se indique.

Además, es necesario informar al comité de administración y al asesor legal (abogado), esperando sus instrucciones; recabar documentos o antecedentes atingentes con la denuncia o demanda; tomar las providencias necesarias para resguardar información o pruebas que pudieran tener relación con esta acción y que puedan constituir un medio de defensa para el condominio o administración.

Si bien es relevante adoptar una actitud proactiva en aspectos administrativos, hay que  abstenerse de efectuar cualquier actuación o gestión por su cuenta en el tribunal , sin consulta previa a un abogado.
Los asistentes a esta charla se mostraron muy interesados por estos y otros temas tratados, al tiempo que pudieron aclarar sus dudas en torno a una materia clave en su labor como administradores de edificios y condominios.