El administrador de un condominio ejerce un rol clave en toda comunidad, siendo su principal trabajo velar por que se cumpla el Reglamento de Copropiedad existente. En este contexto, debe cumplir diversas tareas y estar calificado para ejecutarlas correctamente, sin caer en acciones indebidas.
Tal como establece la Ley de Copropiedad 19.537, el administrador puede ser una persona natural o jurídica y tiende a ser designado por la Asamblea de Copropietarios, teniendo entre sus funciones cuidar los bienes de uso común, cobrar y recaudar los gastos comunes, rendir cuentas al menos una vez al año, informar sobre temas relevantes para la comunidad y citar a asambleas, por mencionar algunas.
Es fundamental que los administradores cuenten con una debida preparación para ejercer este rol y la mayoría la tiene, pues han realizado cursos de administración de condominios que idealmente deben ser complementados con habilidades blandas que les permitan reaccionar y manejar adecuadamente eventuales problemas que surjan al interior de una comunidad.
Sin embargo, siempre hay excepciones y a veces hacen noticia en los medios de comunicación personas que dicen ser administradores sin serlo, o bien que lo son, pero que han caído en malas prácticas, como apropiaciones indebidas de dinero.
¿Qué hacer en estos casos? Víctor Damele, Presidente del Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria de Chile, señala que “es importante que las comunidades verifiquen en nuestra página www.cgai.cl si su administrador forma parte o no del Colegio de Administradores, para lo cual solo basta que digiten el rut de este. Por otra parte, si un condominio requiere contratar a un administrador, también puede consultar en nuestro portal los requisitos que debe cumplir para efectuar satisfactoriamente esta labor”.
“Es clave que a la hora de seleccionar a un administrador que este firme un contrato de prestación de servicios e, idealmente, sea designado representante legal de la comunidad mediante una escritura pública. De esta manera, ante eventuales malas prácticas que cometa, esta tendrá todas las facultades y el derecho de demandarlo judicialmente, ya que estará sometido a toda la legislación vigente”, agrega.
Yendo un paso más allá en la importancia de mejorar el nivel de los administradores, el Colegio creó la OTEC CGAI, cuyo principal objetivo, comenta Damele, “es profesionalizarlos y entregarles competencias certificadas que garanticen un trabajo de excelencia, en beneficio de toda la comunidad”.