Un tema recurrente en el último tiempo ha sido la dificultad de algunos residentes de comunidades habitacionales para pagar mes a mes sus gastos comunes, entre otros motivos, por la disminución de sus ingresos.
Cabe señalar que el artículo 5º de la Ley 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria, permite suspender el suministro eléctrico cuando una unidad adeuda tres o más gastos comunes, continuos o discontinuos, por ende, podríamos señalar que este artículo regula el pago de los gastos comunes, siendo la única medida coercitiva directa que tienen las administraciones, antes de iniciar cobros judiciales, para el cobro de los gastos comunes.
Frente a la pandemia, algunos residentes han cuestionado el cobro por la mantención de bienes comunitarios en desuso, tales como salas de eventos y piscinas, sin embargo, ésta debe realizarse periódicamente.
Víctor Damele, Presidente del Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria de Chile, CGAI, explicó que ascensores, salas de calderas, salas de bombas, grupos electrógenos, piscinas y áreas verdes, entre otros, requieren de una mantención preventiva permanente en el tiempo para su correcto funcionamiento y evitar así problemas que implicarían un mayor desembolso para repararlos, y obviamente, un mayor costo para la comunidad.
Adicionalmente, sostuvo que, así como el Comité de Administración revisa, en conjunto con el Administrador, los gastos que mensualmente incurre el condominio antes de cerrar el proceso de gastos comunes, también tiene la facultad de poder brindar un plan especial para el pago total de los gastos comunes en situaciones excepcionales.
“En el caso de residentes que históricamente siempre han cumplido con sus pagos y que, en forma extraordinaria, por la pandemia, han tenido problemas para seguir pagando oportunamente, el Comité de Administración puede ofrecerles una modalidad que les permita ponerse al día, lo que se debería evaluar caso a caso”, afirmó.
Víctor Damele concluyó que también es importante que el cobro de los gastos comunes sea transparente e incluya el detalle de cada ítem cobrado, de manera de facilitar su entendimiento, evitando información poco clara o insuficiente que sólo genera dudas y claridad en el cobro y que, por sobre todo, no habla bien del Administrador.