El pasado 14 de Septiembre del año en curso, en el diario Las últimas Noticias, página 31, sección “Dónde Vivir” aparece publicado, citamos: “Edificios reemplazan una Asamblea por votación Online”.
A nuestro parecer, y no tan sólo eso, sino mejor aun, en la ley de Copropiedad nº19.537, establece claramente que materias pueden ser consultadas por escrito a los copropietarios, y en ninguna parte de la mencionada ley, se establece un mecanismo Online para “votaciones”.
Nos parece preocupante que un diario, de circulación y del alcance de LUN, no contraste la información, que les aportan, con la Ley de Copropiedad o bien con las entidades y entendidos en estas materias, como son las asociaciones de administradores de comunidades, la cual representamos.
Llámamos a nuestros asociados y colegas a no cometer errores sobre este particular, lo mejor si se tienen dudas, es consultar al mail:contacto@cgai.cl para informarse adecuadamente.
Lo publicado atenta con la facultades que tienen los copropietarios reunidos en asamblea e induce a errores.
Distinto es el caso cuando, siendo facultad del comité de administración la decisión, este organismo, hace una consulta on line solo para tener una apreciación de quienes respondan, pero en el bien entendido que solo es una consulta informal, no legal y que el comité está en su facultad de tomarla o no en cuenta.